SE REGLAMENTÓ LA CONDONACIÓN DE DEUDA Y MORATORIA
La AFIP reglamentó la LEY de “alivio fiscal”, que contempla la condonación de deudas inferiores a 100 mil pesos para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas.
También amplía la moratoria para incluir la
posibilidad de regularizar obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2021
y el mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos.
La condonación se podrá solicitar desde el 20
de diciembre de 2021 hasta el 2 de marzo de 2022.
El sistema para adherir a la moratoria estará
habilitado entre el 29 de noviembre de 2021 y el 15 de marzo de 2022. La primera cuota vencerá el 16 de abril de
2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes.
La AFIP también dispuso la extensión de la
suspensión de las ejecuciones fiscales y la traba de medidas cautelares
(embargos) hasta el 31 de diciembre de 2021. Este beneficio alcanza
exclusivamente a las micro y pequeñas empresas, así como a aquellos
contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.
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