SE REGLAMENTÓ LA CONDONACIÓN DE DEUDA Y MORATORIA

La AFIP reglamentó la LEY de “alivio fiscal”, que contempla la condonación de deudas inferiores a 100 mil pesos para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas.

También amplía la moratoria para incluir la posibilidad de regularizar obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2021 y el mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos.

La condonación se podrá solicitar desde el 20 de diciembre de 2021 hasta el 2 de marzo de 2022.

El sistema para adherir a la moratoria estará habilitado entre el 29 de noviembre de 2021 y el 15 de marzo de 2022.  La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes.

La AFIP también dispuso la extensión de la suspensión de las ejecuciones fiscales y la traba de medidas cautelares (embargos) hasta el 31 de diciembre de 2021. Este beneficio alcanza exclusivamente a las micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.

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