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LICENCIA POR VACACIONES – NUEVAS NORMAS

La reforma de la ley laboral que se aprobaría el próximo viernes modifica la forma de otorgamiento de las VACACIONES. 1) En cuanto a la extensión de la licencia, no hay cambios: El mínimo legal sigue siendo de 14, 21, 28 o 35 días, según la antigüedad del trabajador/a: menos de 5 años; entre 5 y 10; entre 10 y 20; y más de 20. IMPORTANTE: Algunos Convenios Colectivos establecen vacaciones más extensas. (La antigüedad se mide desde el ingreso del trabajador/a hasta el 31 de diciembre del año al que corresponden las vacaciones). 2) Año de ingreso: En el primer año de trabajo, si el/la trabajador/a ha prestado servicios más de la mitad de los días hábiles del año, le corresponden 14 días de vacaciones; en caso contrario: un día por cada 20 trabajados. 3) La licencia debe comenzar el primer día hábil de la semana, excepto que el trabajador/a cumpla tareas los fines de semana. En este caso, la vacación debe comenzar al día siguiente al de su franco semanal. 4) Se deben otorgar entre...

FERIADOS DE CARNAVAL y próximos feriados y días no laborables

Los días lunes 16 y martes 17 de febrero son FERIADO NACIONAL. A los trabajadores que presten servicio en esos días se les debe liquidar un adicional equivalente a un día de sueldo por cada feriado trabajado. Aprovechamos para recordarles los feriados y días no laborables hasta julio: Feriados nacionales: 16 y 17 de febrero; 24 de marzo; 2 y 3 de abril; 1 y 25 de mayo; 15 y 20 de junio; 9 de julio. Días no laborables (“puentes” con fines turísticos): 23 marzo; 10 de julio. Trabajadores/as que profesan la religión islámica no están obligados a prestar servicios los días: 20 de marzo; 27 de mayo; 17 de junio. Trabajadores/as que profesen la religión judía no están obligados a prestar servicios: desde el miércoles 1/4/2026 al atardecer hasta el viernes 3/4/2026 al atardecer; desde el martes 7/4/2026 al atardecer hasta el jueves 9/4/2026 al atardecer; desde el viernes 11/9/2026 al atardecer hasta el domingo 13/9/2026 al atardecer; desde el domingo 20/9/2026 al atardecer hasta el lunes 21/9...

Controladores fiscales. A partir de enero los informes serán mensuales

Quienes tengan CONTROLADORES FISCALES DE NUEVA TECNOLOGÍA, a partir de las operaciones de enero deberán enviar los informes mensualmente, en lugar de cada semana, como se venía haciendo. Les recordamos que los informes son los que el CONTROLADOR genera y descarga en el correspondiente “pendrive” para ser enviados electrónicamente a la ARCA.

Estimado/a Cliente/a del ESTUDIO: ¿Está recibiendo nuestros mensajes por WhatsApp?

Estimado/a Cliente/a: Para poder recibir nuestros mensajes por WhatsApp sobre VENCIMIENTOS, NOVEDADES y demás temas de su interés (impositivos, laborales y societarios), asegúrese de: • que tengamos actualizado el número de su teléfono celular  • TENER AGENDADO EN SU CELULAR EL NÚMERO DEL ESTUDIO

Días no laborables con fines turísticos 2026

Se publicó el decreto que establece los tres días laborables con fines turísticos para el año 2026, como autoriza la ley. Ellos son: • Lunes 23 de marzo • Viernes 10 de julio • Lunes 7 de diciembre Les recordamos que en los días no laborables es el EMPLEADOR quien decide si se trabaja o no. En caso de otorgarlo como no laborable no se descuenta el día en la liquidación del sueldo. En caso de trabajarse, se paga el sueldo normal, sin adicional por feriado.

ARCA: MUY FUERTE AUMENTO DE LAS MULTAS POR NO PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS EN TÉRMINO

Las multas por presentaciones tardías de declaraciones juradas ante ARCA aumentan 110.000 % No. No es un error.  Las multas “automáticas” por falta de presentación de declaraciones juradas a su vencimiento, que eran de $ 200 para personas humanas y $ 400 para sociedades y demás personas jurídicas, aumentaron a $ 220.000 y $ 440.000 respectivamente.  Así lo dispone la ley recientemente aprobada y en vigencia. La multa se aplica a toda declaración jurada que corresponda presentar ante ARCA y que no se presenta en término, tanto las mensuales (IVA y F.931) como las anuales (Ganancias, Bienes personales) y toda otra correspondiente a los distintos tributos y regímenes especiales. Estas multas “automáticas” se reducen en un 50 % si se pagan dentro de los 15 días de intimada la presentación y se presenta la declaración jurada dentro de ese plazo. También aumenta la multa por no responder requerimientos, pasando la mínima de $ 150 a $ 150.000. IMPORTANTE: El gobierno habría anunciado...

ARCA: PLAN ESPECIAL DE FACILIDADES DE PAGO PARA DEUDAS VENCIDAS HASTA EL 31/8/2025

 Las personas humanas, PyMEs y MiPyMEs podrán pagar sus deudas con AFIP–ARCA vencidas hasta el 31 de agosto de 2025 en hasta 60 cuotas iguales fijas con 1.37 % de interés mensual sobre saldo. Hay tiempo hasta el 31 de marzo para acceder al Plan de Facilidades de Pago.