Regularización de trabajadores no registrados
Hasta el 28 de noviembre de 2026, los empleadores que tengan trabajadores no registrados, o registrados de manera incorrecta (en lo que respecta a la fecha de ingreso, tarea, horario, remuneración, etc.), podrán regularizar la situación, con importantes beneficios para el/la empleador/a y para el/la trabajador/a. Para ello deberá dar de alta al/la trabajador/a (o corregir la información incorrecta), presentar los correspondientes F.931 omitidos o rectificativos y pagar solo una pequeña parte de los aportes y contribuciones omitidos, según se explica seguidamente (punto c), ya sea al contado o mediante un plan de facilidades de pago hasta 72 cuotas. Los beneficios para el/la empleador/a consiste en: a) la condonación de las infracciones, multas y sanciones; b) la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL); c) reducción de la deuda por aportes y contribuciones previsionales (capital e intereses) que, en el caso de micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de ...