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IMPUESTO A LAS GANANCIAS 2024 DE PERSONAS HUMANAS Y SOCIEDADES QUE CIERREN EJERCICIO EN DICIEMBRE

La presentación de las DECLARACIONES JURADAS  del Impuesto a las ganancias y del Impuesto sobre los bienes personales correspondientes al año fiscal 2024  debe hacerse antes del 11 de junio de 2025. Como todos los años, les recordamos la importancia de tomar nota AHORA  de los SALDOS al 31/12/2024 para evitar que el paso del tiempo haga difícil su obtención. La información más relevante que se requiere para confeccionar las liquidaciones de ambos impuestos es la siguiente: El total de VENTAS y/o FACTURACIÓN DE SERVICIOS durante el año. Las COMPRAS y GASTOS del año, que tengan vinculación con la actividad que genera ganancias. Los SUELDOS y CONTRIBUCIONES devengadas (en el caso de comerciantes) o abonadas (en el caso de prestadores de servicios, en general) durante el año. Los saldos al 31/12/2024 de: Cuentas bancarias y plataformas virtuales. Tenencia de moneda extranjera Cuentas a cobrar: cuentas corrientes de clientes y otros deudores y operaciones de ...