MONOTRIBUTO: RECATEGORIZACIÓN SEMESTRAL
Al finalizar cada semestre calendario los contribuyentes monotributistas están obligados a verificar si les corresponde continuar en la categoría en la que revistan o si deben recategorizarse. Si corresponde permanecer en la misma categoría no hay que realizar ningún trámite. Si se debe cambiar de categoría (ya sea hacia una mayor o una menor), debe hacerse entre el 1 y el 20 de enero y entre el 1 y el 20 de julio de cada año, en el sitio web oficial de la AFIP, ingresando con CUIT y clave fiscal. En esta oportunidad (enero de 2024), el plazo vence el lunes 22 de enero . [PLAZO RORROGADO HASTA EL 5 DE FEBRERO] Los parámetros que deben considerarse para encuadrarse en la categoría correcta son: Para todos los monotributistas: El importe total facturado en los últimos 12 meses (enero a diciembre o julio a junio del año siguiente) Para los monotributistas que desarrollan su actividad en un lugar físico (local, taller, etc.): El total de kwh consumidos en ese inmueble en los últimos ...